Qué profesiones pueden formar una sociedad de profesionales ante el SII (y cuáles no)
Para que el Servicio de Impuestos Internos (SII) conceda la exención del 19% de IVA, no basta con constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada: la ley exige que el 100% de los socios cuente con un título profesional o técnico universitario y que las carreras sean idénticas, afines o complementarias entre sí.
A raíz de la Circular 50 de 2022 y la Circular 68 de 2023, el concepto de complementariedad profesional se transformó en uno de los puntos más fiscalizados por la autoridad tributaria. Si un equipo combina profesiones inconexas o incorpora a un socio sin título formal para financiar el proyecto, la sociedad pierde el estatus especial y queda afecta a IVA. En esta guía te explicamos qué títulos son aceptados, qué combinaciones aprueba el SII y cuáles son rechazadas.
Qué tipo de títulos son formalmente válidos ante el SII
El SII admite una variedad de grados académicos y títulos habilitantes, siempre que cumplan con la normativa educacional chilena:
- Títulos profesionales universitarios: carreras de pregrado de cuatro o más años de duración otorgadas por universidades del Estado o reconocidas por este (médicos, abogados, psicólogos, ingenieros comerciales, contadores auditores, periodistas, etc.).
- Títulos técnicos y profesionales de institutos y CFT: títulos otorgados por Institutos Profesionales (IP) o Centros de Formación Técnica (CFT) acreditados (técnicos en enfermería, técnicos en contabilidad, diseñadores gráficos, analistas de sistemas).
- Títulos extranjeros legalizados o convalidados: profesionales extranjeros que hayan convalidado su título ante la Universidad de Chile, el Ministerio de Educación o vía tratados internacionales reconocidos por Chile.
Por el contrario, el SII ha establecido reiteradamente que no constituyen título habilitante los diplomados de postítulo, los cursos de capacitación laboral (Sence), los magísteres cursados por personas sin título de base, ni los certificados de competencias laborales de oficio (como cursos de programación sin carrera técnica previa).
Qué significa tener títulos afines o complementarios
La normativa distingue dos formas válidas de asociación entre los profesionales:
1. Títulos idénticos o afines
Ocurre cuando los socios comparten la misma disciplina o áreas muy cercanas del conocimiento. Es el caso de dos abogados que forman un estudio jurídico, tres psicólogos que abren un centro de terapia o dos médicos pediatras que crean una consulta infantil. La afinidad es evidente y el SII aprueba estas solicitudes sin observaciones adicionales.
2. Títulos complementarios
Se produce cuando los socios tienen profesiones distintas, pero sus competencias técnicas se integran de manera sinérgica para entregar un servicio integral que requiere de ambas disciplinas. Por ejemplo, en una clínica dental, la complementariedad entre un cirujano dentista y un técnico en odontología es evidente y necesaria para la atención de los pacientes.
Tabla de combinaciones aceptadas versus rechazadas por el SII
| Combinación de socios | Giro o servicio declarado | Criterio del SII |
|---|---|---|
| Médico cirujano + Enfermera universitaria | Servicios de atención médica y cuidados domiciliarios | Aceptada (complementariedad en salud) |
| Abogado + Contador Auditor | Asesoría legal, tributaria y corporativa | Aceptada (servicios jurídicos y contables) |
| Arquitecto + Ingeniero Constructor | Diseño de planos y cálculo estructural de proyectos | Aceptada (servicios de arquitectura e ingeniería) |
| Psicólogo clínico + Fonoaudiólogo | Centro de neurodesarrollo y rehabilitación integral | Aceptada (terapias complementarias de salud) |
| Médico cirujano + Ingeniero Comercial | Centro médico con gestión administrativa | Rechazada (gestión comercial no es servicio médico) |
| Abogado + Diseñador Gráfico | Asesoría legal y branding de marcas | Rechazada (servicios inconexos sin giro único) |
| Kinesiólogo + Inversionista sin título | Clínica de kinesiología y traumatología | Rechazada (socio financista sin título profesional) |
Casos complejos: tecnología, salud y asesorías de empresas
Existen ciertas áreas donde la frontera entre servicios profesionales y actividad comercial suele generar dudas:
Servicios de desarrollo de software y tecnología
Dos ingenieros informáticos o analistas programadores pueden formar una sociedad de profesionales para prestar servicios de consultoría informática, arquitectura de software o desarrollo de código a medida exentos de IVA. Sin embargo, si la sociedad comercializa licencias de software estándar (SaaS), vende hosting o comercializa hardware, el SII considerará que existe comercialización de bienes y revocará la exención.
Centros médicos con equipamiento pesado
En el área de la salud, las consultas médicas y dentales están exentas de IVA. No obstante, si el centro médico arrienda pabellones quirúrgicos a terceros médicos o realiza exámenes mediante resonadores magnéticos donde el valor del examen radica principalmente en la máquina y no en el diagnóstico del profesional, el SII puede gravar esa porción del servicio con IVA por predominar el capital sobre el trabajo.
Asesorías de marketing y publicidad
Periodistas, publicistas o diseñadores titulados pueden prestar servicios de consultoría estratégica de comunicación exentos de IVA. Sin embargo, si la sociedad compra y revende espacios publicitarios en medios o redes sociales (Google Ads o Meta Ads), esa intermediación comercial está afecta al 19% de IVA.
Errores comunes en la acreditación de títulos
- Subir certificados de egreso en lugar de títulos. El certificado de egreso o de licenciatura no equivale al título profesional habilitante. El SII exige el certificado de título definitivo o copia legalizada del diploma.
- Constituir la sociedad con títulos en trámite. Si uno de los socios aún no realiza la ceremonia de titulación formal, el sistema rechazará la solicitud de exención de IVA hasta que el título esté legalmente emitido.
- Crear giros amplios o genéricos. Redactar el objeto de la sociedad con frases como cualquier otra actividad lícita autorizada por la ley pone en riesgo la calificación de sociedad de profesionales.
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Este artículo es informativo y general. La forma de aplicarlo depende de la situación de cada empresa o persona.