Qué profesiones pueden formar una sociedad de profesionales ante el SII (y cuáles no)

Para que el Servicio de Impuestos Internos (SII) conceda la exención del 19% de IVA, no basta con constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada: la ley exige que el 100% de los socios cuente con un título profesional o técnico universitario y que las carreras sean idénticas, afines o complementarias entre sí.

A raíz de la Circular 50 de 2022 y la Circular 68 de 2023, el concepto de complementariedad profesional se transformó en uno de los puntos más fiscalizados por la autoridad tributaria. Si un equipo combina profesiones inconexas o incorpora a un socio sin título formal para financiar el proyecto, la sociedad pierde el estatus especial y queda afecta a IVA. En esta guía te explicamos qué títulos son aceptados, qué combinaciones aprueba el SII y cuáles son rechazadas.

En resumen: todos los socios deben tener títulos de nivel técnico o universitario reconocidos en Chile. Las carreras deben integrarse de forma lógica para prestar el servicio del giro (por ejemplo, arquitecto con ingeniero calculista). Si un solo socio no tiene título afín, la empresa no puede acogerse a la exención de IVA.

Qué tipo de títulos son formalmente válidos ante el SII

El SII admite una variedad de grados académicos y títulos habilitantes, siempre que cumplan con la normativa educacional chilena:

  • Títulos profesionales universitarios: carreras de pregrado de cuatro o más años de duración otorgadas por universidades del Estado o reconocidas por este (médicos, abogados, psicólogos, ingenieros comerciales, contadores auditores, periodistas, etc.).
  • Títulos técnicos y profesionales de institutos y CFT: títulos otorgados por Institutos Profesionales (IP) o Centros de Formación Técnica (CFT) acreditados (técnicos en enfermería, técnicos en contabilidad, diseñadores gráficos, analistas de sistemas).
  • Títulos extranjeros legalizados o convalidados: profesionales extranjeros que hayan convalidado su título ante la Universidad de Chile, el Ministerio de Educación o vía tratados internacionales reconocidos por Chile.

Por el contrario, el SII ha establecido reiteradamente que no constituyen título habilitante los diplomados de postítulo, los cursos de capacitación laboral (Sence), los magísteres cursados por personas sin título de base, ni los certificados de competencias laborales de oficio (como cursos de programación sin carrera técnica previa).

Qué significa tener títulos afines o complementarios

La normativa distingue dos formas válidas de asociación entre los profesionales:

1. Títulos idénticos o afines

Ocurre cuando los socios comparten la misma disciplina o áreas muy cercanas del conocimiento. Es el caso de dos abogados que forman un estudio jurídico, tres psicólogos que abren un centro de terapia o dos médicos pediatras que crean una consulta infantil. La afinidad es evidente y el SII aprueba estas solicitudes sin observaciones adicionales.

2. Títulos complementarios

Se produce cuando los socios tienen profesiones distintas, pero sus competencias técnicas se integran de manera sinérgica para entregar un servicio integral que requiere de ambas disciplinas. Por ejemplo, en una clínica dental, la complementariedad entre un cirujano dentista y un técnico en odontología es evidente y necesaria para la atención de los pacientes.

Tabla de combinaciones aceptadas versus rechazadas por el SII

Combinación de sociosGiro o servicio declaradoCriterio del SII
Médico cirujano + Enfermera universitariaServicios de atención médica y cuidados domiciliariosAceptada (complementariedad en salud)
Abogado + Contador AuditorAsesoría legal, tributaria y corporativaAceptada (servicios jurídicos y contables)
Arquitecto + Ingeniero ConstructorDiseño de planos y cálculo estructural de proyectosAceptada (servicios de arquitectura e ingeniería)
Psicólogo clínico + FonoaudiólogoCentro de neurodesarrollo y rehabilitación integralAceptada (terapias complementarias de salud)
Médico cirujano + Ingeniero ComercialCentro médico con gestión administrativaRechazada (gestión comercial no es servicio médico)
Abogado + Diseñador GráficoAsesoría legal y branding de marcasRechazada (servicios inconexos sin giro único)
Kinesiólogo + Inversionista sin títuloClínica de kinesiología y traumatologíaRechazada (socio financista sin título profesional)

Casos complejos: tecnología, salud y asesorías de empresas

Existen ciertas áreas donde la frontera entre servicios profesionales y actividad comercial suele generar dudas:

Servicios de desarrollo de software y tecnología

Dos ingenieros informáticos o analistas programadores pueden formar una sociedad de profesionales para prestar servicios de consultoría informática, arquitectura de software o desarrollo de código a medida exentos de IVA. Sin embargo, si la sociedad comercializa licencias de software estándar (SaaS), vende hosting o comercializa hardware, el SII considerará que existe comercialización de bienes y revocará la exención.

Centros médicos con equipamiento pesado

En el área de la salud, las consultas médicas y dentales están exentas de IVA. No obstante, si el centro médico arrienda pabellones quirúrgicos a terceros médicos o realiza exámenes mediante resonadores magnéticos donde el valor del examen radica principalmente en la máquina y no en el diagnóstico del profesional, el SII puede gravar esa porción del servicio con IVA por predominar el capital sobre el trabajo.

Asesorías de marketing y publicidad

Periodistas, publicistas o diseñadores titulados pueden prestar servicios de consultoría estratégica de comunicación exentos de IVA. Sin embargo, si la sociedad compra y revende espacios publicitarios en medios o redes sociales (Google Ads o Meta Ads), esa intermediación comercial está afecta al 19% de IVA.

Memoria explicativa para títulos complementarios: si la combinación de profesiones de tu equipo no es obvia a primera vista, te aconsejamos adjuntar a la solicitud del SII una breve memoria técnica firmada por los socios, explicando detalladamente de qué forma colaboran ambas disciplinas en la entrega de los servicios a los clientes.

Errores comunes en la acreditación de títulos

  • Subir certificados de egreso en lugar de títulos. El certificado de egreso o de licenciatura no equivale al título profesional habilitante. El SII exige el certificado de título definitivo o copia legalizada del diploma.
  • Constituir la sociedad con títulos en trámite. Si uno de los socios aún no realiza la ceremonia de titulación formal, el sistema rechazará la solicitud de exención de IVA hasta que el título esté legalmente emitido.
  • Crear giros amplios o genéricos. Redactar el objeto de la sociedad con frases como cualquier otra actividad lícita autorizada por la ley pone en riesgo la calificación de sociedad de profesionales.

Cómo te ayudamos

En Impuestos Online revisamos previamente los títulos de tu equipo para certificar que cumplan plenamente con las exigencias de afinidad de la Circular 50 del SII antes de redactar escrituras. Con nuestro servicio de Crear empresa ($49.990 + IVA), blindamos el objeto social de tu Sociedad de Responsabilidad Limitada para asegurar la exención.

Si recibiste una notificación o citación del SII cuestionando la complementariedad de tus títulos, nuestro servicio de Trámites en el SII para personas y empresas (desde $29.990 con IVA incluido) prepara la respuesta formal con los respaldos técnicos. Consulta también nuestras guías sobre requisitos de sociedad de profesionales y SpA como sociedad de profesionales.

Este artículo es informativo y general. La forma de aplicarlo depende de la situación de cada empresa o persona.

Preguntas frecuentes

¿Sirven los títulos técnicos de nivel superior para una sociedad de profesionales?
Sí. El SII acepta títulos técnicos de nivel superior otorgados por institutos profesionales o centros de formación técnica reconocidos por el Estado, siempre que guarden relación directa con el servicio prestado.
¿Qué significa que los títulos sean afines o complementarios?
Significa que las profesiones de los socios deben colaborar de forma armónica para la ejecución del servicio del giro social, como un médico con una enfermera o un abogado con un contador auditor.
¿Un título obtenido en el extranjero es válido ante el SII?
Sí, siempre que haya sido formalmente revalidado o convalidado en Chile ante la Universidad de Chile, el Ministerio de Relaciones Exteriores o según los tratados bilaterales vigentes.
¿Se puede crear una sociedad de profesionales con oficios o diplomados sin título?
No. Los diplomados, cursos de especialización o certificaciones privadas de oficio no califican como título profesional o técnico ante el SII, invalidando la exención de IVA.
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